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CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE MUDANZA-TRANSPORTE

Las presentes condiciones generales son de aplicación a todos los contratos celebrados entre Horizont Atlantic S.L. y sus clientes. La utilización de los servicios de Horizont Atlantic S.L.implica la aceptación de las presentes condiciones. Se complementan con los acuerdos individuales de tarifas y servicios.

1.-Objetos del contrato.

1.1-Cliente: Persona(s) que encarga a Horizont Atlantic S.L. la realización del transporte-mudanza o servicios especificados en el presupuesto.

1.2-El contrato de transporte-mudanza: se formaliza por escrito.

1.3 Tarifas: calculadas según los datos del cliente (origen, destino, tipo de mercancía, cantidad, volumen y características). Horizont Atlantic S.L. puede modificar ofertas o descuentos antes del final de su vigencia, según variaciones de datos aportados por el cliente o incrementos de costos externos (fletes marítimos, gravámenes administrativos, incremento de combustible, tasas, etc.).

2.-Modalidad de servicio.

-El servicio de transporte-mudanza comprende todas las operaciones que se especifican en la MODALIDAD pactada y sus SUPLEMENTOS si los hubiere, en el caso de contratar un servicio combinado (el cliente se acoge a un precio ventajoso no manifestando un especial interés en la entregas aceptando compartir los medios de transportes) , los plazos de entrega/recogida se comunican a título informativo no procediendo ninguna reclamación por cambios en los mismos. En los servicios exclusivos existen dos tramos de tiempo; uno fijo que dependerá de los puertos de destino y origen y variaran entre 2 y 6 semanas para servicios nacionales y dentro de la CEE y entre 2-6 meses para servicios Internacionales y un segundo tramo o tiempo variable estimado entre 15 y 30 días desde la llegada a puerto de destino hasta la entrega final en el domicilio del cliente. En los servicios combinados los medios de transporte son compartidos con otros clientes teniendo la información de tiempo de entrega estimada un carácter meramente informativo siendo variable y sujeta a llenado de los medios de transporte usados. Independientemente del servicio contratado estos plazos son informados a titulo informativo en ningún caso corresponderá reclamación alguna por variación en los mismos. Debido a la pandemia por COVID-19 las cadenas de suministro a nivel mundial se han visto colapsadas y alteradas, provocando cambios en los flujos de transporte, retrasos masivos en los envíos y escasez de contenedores para la circulación de mercancías. Por favor, tenga en cuenta que esta situación puede obligarnos a aplicar cargos imprevistos por el incremento de los precios en el transporte marítimo. Horizont Atlantic S.L. se reserva el derecho a repercutir a los clientes incrementos en los costos de transporte imputados por los operadores logísticos.

3.-Precios y validez servicio de transporte-mudanza.

Según condiciones siguientes o particulares reflejadas en el presupuesto.

3.1.-Se establece la revisión del precio del transporte marítimo y por carretera en función de la variación del precio del gasóleo o bien por variación en los precios de mercado cuando la formalización del presupuesto ha sido superior a 30 días desde la fecha de emisión del presupuesto.

3.2.-No se incluye en el precio ni en el servicio concertado: Las tasas de ocupación de la vía pública a solicitar a la autoridad competente cuando las normas de circulación impiden el estacionamiento del medio de transporte por el cual tiene lugar la entrega entendiéndose caso de necesidad cuando no se puede estacionar a menos de 15 metros medidos en perpendicular desde la entrada de la vivienda hasta el estacionamiento más próximo que permita con seguridad y dentro de la legalidad acorde con las normas de circulación dicho estacionamiento.

3.3.- Las inspecciones requeridas por la Aduana como resultado del control aleatorio de mercancías que tiene lugar a cabo por dichas Autoridades y que se ven afectadas todas las mercancías.

3.4.- El desarmado y armado de muebles o estanterías que estén adosados a paredes o que por su construcción encolada y dimensiones deban ser manipulados, desarmados, y por tanto sea necesario desencolarlos o aserrarlos.

3.5.- La colocación y colgado de apliques, lámparas, cuadros, espejos, relojes, repisas, toalleros y cortinas, ni tampoco cualquier otra labor de decoración que exija sujeción a paredes, techos o suelos mediante clavos, alcayatas, ganchos y otros elementos de fijación. Manipulación o transporte de aparatos de telecomunicación, ser-fotocopias, ordenadores, material electrónico, etc., que en sus respectivas instrucciones figuren prohibición expresa de ser manipulados por terceros, de desconexión de tuberías, aparatos eléctricos, lámparas, apliques, etc. Estas operaciones deberán estar ya realizadas al tiempo de comenzar el servicio, igualmente la nueva conexión y enchufe de los aparatos queda excluida.

3.6.-Sin perjuicio de las comprobaciones directas por la Empresa, cuando la recogida y/o entrega del envío implique una especial dificultad, el cliente deberá ponerlo en conocimiento de la Empresa antes de formalizar el contrato y, caso de aceptación por ambas partes, se valorará y adjuntara al precio de la mudanza el mayor coste que tales dificultades originen. La no manifestación de las existencias de dificultades por el cliente será motivo de reclamación por parte de la Empresa.

Se entenderá que existen especiales dificultades y serán objeto de estimación para valorar el precio, las siguientes:

3.6.1.-La estrechez de la calle o acceso a los inmuebles de origen/destino que impidan el acercamiento del vehículo que haya realizado el transporte hasta el pie de fachada del inmueble.

3.6.2.-La falta de espacio para poder manipular la mercancía que haya de cargarse/descargarse.

3.6.3.-La insuficiencia de balcones, ventanas, huecos o escaleras en cuanto a su estrechez, trazado o falta de consistencia, para poder meter o sacar la mercancía transportada.

3.6.4.-Las limitaciones de acceso por razón de las normas de ordenación urbana y/o circulatorias, tales como calles peatonales de acceso controlado o que implique cierre de la circulación, removido de algún mobiliario urbano de señales o bocas de incendios.

3.6.5.-La celebración de fiestas o eventos que dificulten o impidan el acceso a los lugares de carga/descarga.

3.6.6.-La existencia de inmueble de patios interiores o distribución arquitectónica que alejen la puerta de entrada/salida más de 15 metros a pie del lugar donde se estacione el vehículo de transportes.

4.-Acondicionamiento y embalaje

Cuando cualquiera de las operaciones de desmontaje, embalaje, desembalaje y montaje las realice el cliente, independientemente de que el material para dichas operaciones lo facilite la Empresa, ésta podrá rechazar los objetos, bultos o envases que se presenten mal acondicionados, embalados o señalizados para su transporte, sí a pesar de ello el cliente insiste en él envió dicha particularidad quedará reflejada en el inventario con la siguiente marca (PBO) o con la frase “embalado por cliente se desconoce estado y contenido” y la Empresa quedará exenta de responsabilidad por causa de las averías durante la carga, transporte y descarga.

La admisión, para su transporte, de mercancías embaladas por el cliente, exime expresamente a Horizont Atlantic S.L. de las posibles averías producidas por dichas deficiencias.

5.-Cobertura de responsabilidad.

5.1.-Valor no declarado. Con la aplicación del 8% sobre el valor del porte y un mínimo de percepción por expedición de 1.000 euros. La responsabilidad máxima del transportista queda ampliada a 65,25 euros por m 3, equivalente a 1 euros por kilo de mercancía perdida o averiada. Sin que responda del lucro cesante ni de los daños morales.

5.2.-Valor declarado. Se aplicará el seguro que las partes hayan estipulado según el valor de tasación de cada bulto/objeto, según inventario valorado para seguro y sellado por ambas partes. La prima mínima para el seguro se establece en 160.50 euros impuestos incluidos, por debajo de esta prima no se aseguran las pertenencias con la cobertura de todo riesgo.

5.2.1.- Descabalamiento. - En caso de avería en mobiliario, cristalerías o vajillas, solamente se indemnizarán por las piezas rotas y/o deterioradas, y no las restantes, aun cuando quede descabalado algún juego o pareja.

5.2.2 Cláusula de mecanismo interiores. - La compañía aseguradora responde de las roturas o averías que pueda sufrir la mercancía objeto de este contrato en sus mecanismos o piezas interiores únicamente cuando sean consecuencia de accidentes del transporte cubiertos por la póliza, que hayan dejado sus vestigios en el embalaje y en el exterior de los objetos asegurados.

5.2.3. Cláusula de mobiliario usado. - Quedan expresamente excluidos los gastos producidos por des encolamiento de patas o partes de muebles, si no existen roturas o señales de golpes violentos en los mismos. Asimismo, quedan igualmente excluidos, todos aquellos gastos o valoraciones de demérito artístico, valor de afección y/o similares. Reposición de artículos plásticos como cajas, ruedas de mobiliario y aparatos electronicos.

5.3.-Reclamación. El destinatario deberá manifestar por escrito sus reservas al porteador describiendo de forma general la pérdida o avería en el momento de la entrega en el caso de desperfectos evidentes deberán están reflejados en la hoja de reporte de servicio que deberá de firmar el cliente como prueba de conformidad/desconformidad de los servicios realizados. En caso de pérdidas o averías no manifiestas, las reservas deberán formularse en los 7 días naturales inmediatos a la entrega de sus pertenencias por escrito a Horizont Atlantic S.L., cuando no se formulen reservas se presumirá que las pertenencias fueron entregadas en perfecto estado. No se admitirán reclamaciones por roturas o averías si el embalaje fue considerado insuficiente o inadecuado para su transporte. Las reclamaciones requerirán de una franquicia de 300 euros para la tramitación de las mismas debiéndose de abonar por adelantado para tramitar dicha reclamación. En el caso de roturas o desperfectos en las superficies de los muebles el cliente acepta la visita de un responsable de la empresa para valorar el daño, indicándole en caso de que se pueda reparar la empresa asignada para la restauración del mismo en caso de que el cliente no acepte reparación por parte de la empresa restauradora por parte de Horizont Atlantic S.L. el cliente podrá elegir una empresa distinta siempre y cuando el importe de la reparación sea igual o menor al precio cobrado por la empresa asignada por Horizont para la reparación inicialmente presupuestada.

5.4.-Exclusiones. El porteador no responderá de los daños, retrasos o pérdidas que se produzcan por fuerza mayor o caso fortuito, por causas políticas o sociales, como sabotajes, huelga, fuerzas o medidas militares, incluso en tiempo de paz, guerras, etc.; deterioro de los muebles subidos o bajados por balcones o escaleras dificultosas, los ocasionados por la estrechez de las puertas o pasillos, y por encontrarse encolados o restaurados; los desperfectos producidos por derrames de líquidos, sustancias toxicas, o ácidos contenidos en recipientes, combustión espontánea, influencia de la temperatura, fermentación, etc., roturas de mármoles de color, lunas y espejos sin marco; los debidos a naturaleza o vicio propio de las cosas, en caso de transportes de equipos electrónicos, plotter, fotocopiadores, equipos de reproducción o almacenamiento de información en formato digital la responsabilidad del transportista afectara únicamente a la estructura de dichos aparatos y sus piezas quedando excluidas las reclamaciones de software y cualquier reparación relacionada con recalibrado, ajustado, o revisiones después del transporte por parte del servicio técnico. En última instancia el cliente será responsable de revisar el número total de objetos cargados no siendo responsable la empresa en caso de no haberse cargado algún objeto por la falta de revisión a la finalización de la recogida.

5.4.-Exclusiones por recogidas parciales o servicios combinados económicos. En los servicios de recogidas parciales el cliente se compromete a revisar que todos los objetos encomendados para su transporte han sido cargados no encontrándose en la vivienda ningún objeto que debería de haberse cargado debiendo de comunicarse en caso contrario al jefe de equipo antes que este abandone el lugar de recogida.

6.-Horario de entregas y disponibilidad del cliente: El cliente deberá de tener disponibilidad para recibir sus pertenencias dentro de horario laborable de 8 a 16 horas de lunes a viernes, las comunicaciones para coordinar fecha se hará a través del mismo modo que se venía haciendo a lo largo de todo el proceso de traslado ( vía electrónica a través de la aplicación ) en caso de servicios exclusivos la empresa comunicará al cliente con al menos 72 horas el horario y fecha de la entrega ofreciendo 3 días disponibles más próximos a a la fecha de llegada dentro de los cuales no se producirán costes adicionales por almacenamiento o manipulaciones adicional. En caso que el cliente no cuente con disposición para recibir sus efectos se originarán gastos adicionales en concepto de manipulación y almacenaje según tarifas indicadas al final de este punto. En caso de servicio combinados la empresa comunicará la fecha de entrega a la llegada al puerto de destino de la mercancía debiendo el cliente de estar disponible para recibir su mercancía dentro de las rutas y horarios preestablecidos en la organización de la empresa. En caso de que el cliente no tenga disponibilidad para recibir sus efectos la empresa se reserva el derecho a cobrar en concepto de trasbordo y almacenaje de acuerdo a las tarifas vigentes indicadas a continuación. La tarifa de trasbordo se establece en 12 euros x m3 de mercancía la tarifa de almacenaje en 5 euros x día x m3 y las tarifas de manipulación e estable en 18 Euros x m3. Las entregas solicitadas por el cliente fuera de horario laborable tendrán un recargo del 20% del presupuesto aceptado. El cliente acepta que las comunicaciones sean vía electrónica (bien por correo electrónico o bien por email)

7.-Entregas e imposibilidades de Entregas: Si el Destinatario se niega a aceptar o pagar la entrega, o si se considera el envío inaceptable, o se ha infravalorado a efectos de aduanas, o si no se puede identificar o localizar al Destinatario, Horizont Atlantic hará cuanto razonablemente esté a su alcance para devolver el envío al Remitente por cuenta de éste y , de no ser posible, el Envío podrá ser abandonado, destruido, enajenado o vendido por parte de Horizont Atlantic S.L. sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad hacia el Remitente ni ninguna otra persona, aplicándose las ganancias contra los cargos del servicio que se adeuden y demás costes administrativos relacionados y devolviéndose el resto de las ganancias generadas en la venta al Remitente.

8.-Demoras a la entrega: Horizont Atlantic S.L. realizará todo esfuerzo razonable para entregar el envío de acuerdo a los tiempos de tránsito normales, pero éstos no están garantizados y no forman parte del contrato, Horizont Atlantic S.L. no asumirá de ninguna pérdida o daño ocasionados por demoras.

9.-Seguro de daños: En caso de que el cliente precise contratar un seguro específico para sus mercancías podrá hacerlo a través de una compañía aseguradora independiente, o bien nuestra organización le ofrece la posibilidad de asegurar la mercancía a “todo Riesgo” por su valor de coste o reposición, siempre y cuando el remitente haga una declaración expresa de su contenido y valor y satisfaga el pago de la prima aplicable.

10.-Almacenaje. Las mercancías que no pudieran ser entregadas pasados siete días naturales de su llegada a destino, sin prejuicio de que se pueda solicitar a la Junta Arbitral de Transporte el depósito de las mismas, devengarán almacenaje según tarifa vigente. Horizont Atlantic notificará al cargador y al receptor, si ello es posible, la causa por la que no se puede efectuar la entrega. En caso de cambio de destinatario de la misma, y/o segundad entrega, se facturará la diferencia de portes si las hubiera.

11.-Despachos de aduanas. Salvo indicación en contra realizada por escrito, los despachos de aduanas en origen se realizarán por el Agente de Aduanas elegido por Horizont Atlantic S.L. Los importes de este servicio quedaran establecidos en las tarifas vigentes, así como los incrementos por trámites adicionales, en especial el pago de impuestos siendo la tarifa vigente por gastos administrativos de adelanto y liquidación de 55,23 Euros. Para el pago de los aranceles de importación cuando éstos superen la cantidad de 150 euros se solicitará provisión de fondo. Desde el momento del despacho el sujeto pasivo dispondrá de 3 días naturales para presentar reclamación por escrito ante cualquier discrepancia observada en la liquidación de impuestos. (IGIC, IVA). Pasado este tiempo se exime a Horizont Atlantic S.L. de cualquier responsabilidad y será por cuenta del cliente el pago de las correspondientes demoras/tasas aplicables en concepto de ocupación de terminal y almacenaje de mercancía. La empresa se reserva el derecho de no activar la carga para su envió hasta tan pronto el cliente no presente toda la documentación solicitada en el presupuesto enviado por correo electrónico. Horizont Atlantic podrá realizar cualquiera de las siguientes actividades en nombre del Remitente con el fin de prestarle sus servicios. 11.1.-Completar cualquier documento, modificar códigos de producto o servicio y pagar cualquier arancel. 11.2.-Actuar como agente de Carga del Remitente a efectos de Aduanas cuando y control de exportaciones y como Destinatario exclusivamente a efectos de designar al agente de aduanas para tramitar el despacho de aduanas y la entrada. 11.3.-Reconducir él envió al agente de importaciones del Destinatario o a otra dirección.

12.-Mercancías peligrosas.

Horizont Atlantic S.L. no admitirá para embarque ningún tipo de mercancía peligrosa debiendo el cliente comunicar la existencia de las mismas para desestimar de su envío en caso de que el cliente no comunicar su existencia la empresa quedará eximida de cualquier avería en el resto de la carga causada por las mismas y en el caso de transporte en modalidad de carga fraccionada será responsable de los daños ocasionados al resto de las mercancías debiendo de responder económicamente frente a los propietarios del resto de la carga. Igualmente, la empresa declara que no se pueden transportar plantas ni animales.

13.-Impuestos.

Las tarifas no incluyen el IGIC, pero quedara indicado en las ofertas el tipo impositivo que corresponda aplicar en cada caso a saber: 0% para importaciones y exportaciones; 3% para servicios locales y 7% para servicios de almacenaje.

14.-Cancelación del servicio.

La cancelación del servicio dará lugar al siguiente coste: El mismo se fija un tercio del importe de la mudanza, si la cancelación es comunicada con más de 7 días y menos de 14 días antes de la fecha, con la mitad del precio el servicio si dicha comunicación se hace entre 2 y 6 días antes del servicio, un coste del 75% del servicio si dicha comunicación es realizada con menos de 24 horas y del 100% del precio del servicio para cancelaciones el día del servicio. Si la notificación se produce con más de 14 días de antelación a la fecha pactada de inicio de la mudanza no se cobrará gastos de cancelación. Dicha cancelación deberá de hacerse por escrito cumplimentando el siguiente formulario: https://www.horizontatlantic.com/wp-content/uploads/2021/01/formulario_desestimiento.pdf

15.-Forma de pago y facturación.

Salvo pacto en contra descrito en el presupuesto enviado vía email, las facturas se harán efectivas en el momento de la firma de dicho contrato mediante transferencia bancaria, efectivo, tarjeta de débito, o bizum. El obligado al pago incurrirá en mora en el plazo de treinta días, en los términos previstos en la ley 3/2004 de 29 de diciembre. En caso de condiciones particulares de pago las mismas quedarán indicadas en el presupuesto enviado electrónicamente, expresando el cliente su conformidad mediante la firma del mismo. El cliente tiene el derecho a recibir gratuitamente la factura en papel o vía electrónica solicitándola al correo contabilidad@horizontatlantic.com

16.-Reglamentación y Prescripción.

El contrato de transporte/mudanza tiene carácter mercantil y se regirá por sus propias clausulas y en lo que en ellas no estuviera previsto, por Ley 15/2009, de 12 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, y en lo que no se opongan a ésta por las condiciones generales de aplicación en la contratación de transportes de mercancías por carretera aprobadas por Orden del ministro de Fomento de 25 de abril de 1997 y sus modificaciones posteriores.

17.-Jurisdicción. Para todo cuanto se refiere en el cumplimiento y ejecución de este contrato las partes se someten expresamente a los juzgados y tribunales de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, con renuncia expresa a las Juntas Arbitrales de Transporte.

CONFORME CLIENTE:


VERSIÓN 1.1.2129